sábado, 12 de marzo de 2011

[Opinión] Separando la paja del grano: claves del acuerdo firmado por algunos sindicatos con el gobierno de Murcia.

Ante todo decir que no pertenecemos, ni hemos pertenecido anteriormente, a ningún sindicato. No representamos a nadie más que a nosotros mismos. No os interesa para este caso si somos de izquierdas o de derechas porque esa no es la cuestión ya que NO va a afectar a nuestras reflexión. Ahora bien:
¿Después de lo que hemos movilizado con nuestra unión, vamos a dejar de verdad que otros decidan por nosotros? Todos nosotros hemos organizado todo esto, con ayuda de los sindicatos, pero ha sido nuestra unión lo que nos ha dado fuerza.
Esto no es una interpretación, es un hecho: los sindicatos que han firmado, han cometido varias irregularidades. Como pueden corroborar todos los representantes de centros, en las primeras asambleas de zona todos los sindicatos allí presentes prometieron unánimemente que no tomarían decisiones de ningún tipo sin consultarlo de nuevo y previamente con los asamblearios. Sin embargo, no solo decidieron desconvocar manifestaciones sin hacer esas reuniones sino que se han agredado a un acuerdo del que, a día de ayer, no solo los asamblearios sino ni siquiera sus sindicados mismos conocían el texto íntegro, sino simples interpretaciones que, además y como se irá demostrando en este correo, eran falsas. Han creado un caos informativo que ha contribuido a la desorientación y al final pretenden conseguir quedar ellos bien a costa de que los docentes parezcamos ante la sociedad como vendidos, no ya por 75 euros, sino ahora por 37.5 euros.
Para poder decidir libremente hay que tener toda la información, de primera mano, por eso citamos textualmente los artículos del acuerdo que ya circula íntegro vía email por toda la comunidad, con lo que podréis comprobar la veracidad de lo señalado aquí.
Artículo 1. Jornada, horario, permisos y licencias.
1. (…)la jornada semanal de trabajo (…) será de treinta y seis horas y treinta minutos(…)
4.Como consecuencia de lo establecido en el apartado primero del presente artículo,
se procederá a realizar los estudios pertinentes para la racionalización y redistribución de los puestos de trabajo configurados en su día por aplicación de lo establecido en el
Acuerdo de fecha 8 de febrero de 2007 de la Mesa General de Negociación de reducción de la jornada laboral, con el objetivo prioritario de mantener el empleo.”
Algunos datos dignos de ser relacionados:
- No se cita en ningún apartado de la ley que dicha hora y media vaya a ser de libre disposición, como tanto han insistido algunos sindicatos. Es sencillamente mentira, como podéis comprobar vosotros mismos.
- solo en enero, en Sanidad, han dejado de cubrirse 720 plazas (más paro).
- este año en educación habrá 600 jubilaciones, que no se cubrirán con oposiciones y nosotros tendremos una hora y media más.
Ciertamente, no es necesario dejar de renovar a los mismos sustitutos e interinos que este curso, pero si no se renuevan, como podéis intuir, las 600 jubilaciones, no solo dejan de trabajar 600 personas, sino que se destruyen esos puestos de trabajo.
Eso implica paro e implica pérdida de la calidad de la educación, ya que afectará a los cupos provocando subidas de ratio, disminución de apoyos… pues se perderá un profesor por centro educativo.
Art. 3.- Programa de absentismo laboral.
1. Se pondrá en funcionamiento un programa de control del absentismo laboral
para el personal al servicio de la administración regional que conllevará la gestión,
inspección y control de las ausencias, así como, la incapacidad temporal por
contingencias comunes.
Partiendo de que estamos de acuerdo con el control del absentismo, que discrepen los que no cumplen su trabajo.
Pero ¿cómo es posible que se conceda el control a una mutua ajena a la administración?. Se suponía que esta ley iba encaminada a recortar el gasto y en vez de exigir a los inspectores públicos que sean más productivos, contratan a empresas privadas para que hagan aquello por lo que ya cobran los inspectores.
Artículo 9.- Ayudas de acción social.
1. El personal integrante de la Función Publica Regional, podrá acceder, en concepto de acción social, al cincuenta por ciento de la cuantía de las ayudas, con excepción de las que se describen a continuación, que podrán ser solicitadas al cien por cien de su cuantía:
- Indemnización por jubilación e incapacidad permanente.
- Indemnización por fallecimiento.
- Las derivadas del seguro asistencial actualmente vigente que cubre, entre otros servicios, la asistencia buco-dental, óptica, protésica, psicológica del personal de este organismo y del resto de beneficiarios en los términos previstos en los correspondientes planes de acción social.
- Complemento de pensión para el personal sanitario no facultativo del Servicio Murciano de Salud, en los términos establecidos en el artículo 151 del Estatuto del personal sanitario no facultativo de las instituciones sanitarias de la Seguridad Social.
- Anticipos reintegrables.
Sea la reducción del 100%, del 50% o del 25% es un robo encubierto, pues se presenta como algo que se nos daba y ahora simplemente se nos deja de dar.
En realidad el plan de acción social es algo que, por acuerdos anteriores, nos pagábamos nosotros a nosotros mismos aportando el 1% de nuestra propia masa salarial.
Es decir, nos lo quitábamos nosotros vooluntariamente de nuestro salario para ayudar a los que lo necesitarán de nuestro gremio en cuestiones sociales.
Artículo 10.- Suspensión coyuntural del deber de realizar aportaciones al plan de pensiones de la Administración Pública de la Región de Murcia.
Durante el ejercicio 2011, las entidades inicialmente promotoras del plan de pensiones de la Administración Pública de la Región de Murcia, así como los organismos adheridos al mismo que conforme a lo establecido en el 23.1 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2011 forman parte del sector público regional, dejarán de realizar aportaciones al citado plan de pensiones.
No pueden suspender la aportación, puesto que sale también de nuestros sueldos, no es un plus, se negoció que saldría (y así lo hace) de nuestro propio bolsillo, de lo que dejamos de percibir. Exactamente igual que el Plan de Acción Social.
Artículo 15.- Módulo económico de sostenimiento de los centros educativos concertados
Los importes anuales de los componentes de los módulos de sostenimiento de los centros educativos concertados establecidos en el artículo 47 y el II de la Ley por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2011 se reducirán, en lo que se refiere al componente de los gastos de personal y a partir de la vigencia de la presente Ley, en una proporción análoga a la prevista para las retribuciones del personal funcionario de los centros educativos públicos.
Que nadie ande con demagogias que, como puede apreciarse en este Artículo 15 se reduce presupuesto en proporción análoga a nosotros, los de la escuela pública.
El presupuesto en Educación del gobierno regional se ha reducido ya en un 6’9%. Me refiero a lo que llega a los centros.
Y la dotación se reduce en un porcentaje igual o superior al 10%. Esto es real y comprobable, podéis preguntar a vuestro equipo directivo.
Disposición final segunda
El Título I de la presente Ley tendrá vigencia hasta el 31 de diciemrbe de 2011
Eso significa solo lo que significa, es decir, que esta Ley pierde su vigor en tal fecha. Pero eso no supone que recuperemos la situación previa a la Ley. Es más, en la “disposición derogatoria”, que viene a continuación, se explicita claramente que los acuerdos quedan derogados, no suspendidos. Eso implica que para volver a la situación anterior tendrían que sentarse nuevamente todos los sindicatos con el Gobierno regional y firmar uno por uno los acuerdos derogados desde 1998. Obviamente, como muestra la Disposición derogatoria que viene a continuación, tras el 31 de diciembre, no recuperaremos los derechos perdidos con esta ley.
Disposición derogatoria
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Ley y en particularel artíulo primero apartado seis y el artículo tercero, de la Ley 5/2010 de Medidas Extraordinarias para la Sostenibilidad de las Finanzas Públicas.
Por último cabe citar que se ha eliminado el artículo que hacía referencia a la consideración de hábiles o naturales de los días de permisos y licencias. Cabe aclarar que el hecho de que continúen considerándose los días como hábiles y no como naturales, que era lo que se pretendía en la primera redacción de la Ley 5/2010 de medidas extraordinarias, no es un logro de los sindicatos, sino que ha sido anulado por su carácter de inconstitucionalidad dado que atentaba contra normas superiores.
Dicho esto que cada cual decida su camino; hemos intentado ser objetivos en la medida de nustras posibilidades. Pero seamos nosotros los que decidimos, no nos escudemos en no saber lo que se firmaba. Hemos luchado por la educación y no se habla en esta ley de recuperar programas educativos como PROA, o recursos como el Bonolibro.
No se incorporan ninguna de las medidas propuestas en las negociaciones como subida de los impuestos a los ricos via IRPF como ya hacen otras comunidades hace dos años, o Ley que potencie el uso del medicamento genérico para no beneficiar a las farmacéuticas en detrimento de la propia sanidad pública… No se incluye ninguna medida de este tipo ni de ningún otro.
Tengamos cuidado y recapacitemos seriamente ¿por qué estabamos luchando? La educación sigue quedando muy dañada y nosotros seguimos siendo muy perjudicados.
PARA TODOS LOS QUE CONSIDERAMOS QUE LA LUCHA NO HA ACABADO, SINO QUE AHORA ESTAMOS EN MITAD DEL CAMINO, VER PRÓXIMAS CITAS.
Nadie nos contó que esto fuera fácil. Pero se puede ver como que es demasiado largo y difícil, o bien podemos entender que en solo mes y medio hemos hecho algo histórico y YA llevamos recorrido la mitad del camino, ¿quién nos lo iba a decir allá por finales de diciembre?. Sin embargo, si paramos ahora habremos realizado un esfuerzo sorprendente para muchos pero totalmente absurdo para todos, funcionarios y no funcionarios.

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